Las declaraciones nutricionales o saludables no deben confundirse con publicidades engañosas. Existe mucha confusión entre la población, sobre lo que son, sobre qué significa bajo contenido en sal, etc; y si existen normativas al respecto.
Declaración Nutricional: cualquier declaración que afirme, sugiera o de a entender que un alimento posee propiedades beneficiosas por el contenido energético que proporciona, en grado reducido o aumentado y/o de los nutrientes u otras sustancias que contiene, en proporciones reducidas o aumentadas.
Declaración Saludable: Cualquier declaración que afirme, sugiera o de a entender que existe relación entre un grupo de alimentos, un alimento o un constituyente del mismo y la salud.
Todo esto que puede parecer un poco farragoso, se ha regulado en una Normativa Europea, el Reglamento Nª 1924/2006, que fue actualizado el año pasado.
Este reglamento se aplica a todas las comunicaciones comerciales: etiquetado, presentación y publicidad. También a las marcas de fábrica y nombres comerciales, siempre que se puedan interpretar como declaraciones nutricionales. Y además a los alimentos destinados a colectividades: restaurantes, hospitales…
Esta legislación protege al consumidor prohibiendo toda información:
- Inexacta, engañosa o ambigua
- Que origine dudas sobre la seguridad nutricional de los alimentos
- Que anime al consumo excesivo de un alimento
- Que incite el consumo de un alimento, dando a entender que una dieta equilibrada no lo proporciona
- Que dé a entender que puede alterar algunas funciones del organismo
Actualmente existe una normativa la Directiva 90/496/CEE que regula el etiquetado nutricional, que debe incluir el valor energético, la cantidad de grasa, azúcar, sal y proteínas. Pero a finales del año 2006, será obligatorio el etiquetado nutricional, tanto si el alimento lleva declaraciones nutricionales, como si no las lleva y se aplicará el Reglamento (UE) nº 1169/2011.
Las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables deben incluir obligatoriamente:
- Si lleva, no lleva o lleva en pequeña cantidad un nutriente de propiedades fisiológicas beneficiosas y que estas estén demostradas científicamente.
- Que esa sustancia esté en la cantidad necesaria para producir el beneficio.
- Que esté en forma asimilable para el organismo.
- Que respete las condiciones de uso específicas.
Estas declaraciones están prohibidas en bebidas alcohólicas de más del 1.2 %, excepto las que se refieren a una disminución del grado alcohólico.
Cuando las declaraciones se refieren a comparaciones, solo están permitidas entre alimentos de la misma categoría.
Cuando afectan a reducciones, estas deben ser de al menos el 30 % en cualquier nutriente y del 25 % en la sal.
Las declaraciones de propiedades saludables tienen sus propias exigencias:
- Deben indicar la importancia de una alimentación sana y equilibrada.
- Deben indicar las cantidades y el modo de consumo con los que se produce el beneficio.
- Indicaciones para las personas que no deben consumirlo.
- Advertencias de consumo excesivo.
Se prohíben todos los mensajes de ritmo por ej.: pierda 3 kilos en una semana o si no consume un nutriente determinado, su salud se puede ver afectada. También se prohíben las recomendaciones de profesionales sanitarios, que no sean asociaciones profesionales de sectores relacionados con la salud.
Y sobre todo se prohíbe cualquier mensaje de curación o prevención de enfermedades.
Con toda esta información en la mano, lo que tenemos que hacer es leer detenidamente las etiquetas y valorar en su medida el producto que vamos a consumir.
Pedro Manuel Collado CruzLa cocina para mi es producto bien tratado sin enmascarar sus sabores, cocina de verdad de antaño con un toque diferente 1 receta publicada |