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Normativa sobre Viticultura en Rioja


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1. La densidad de plantación será obligatoriamente de 2.850 cepas por hectárea, como mínimo, y de 4.000 cepas por hectárea, como máximo.

2. Con carácter general, las prácticas culturales tenderán a optimizar la calidad de las producciones. Con este fin, cada Campaña el Consejo Regulador adoptará las medidas oportunas, en particular la regulación del riego en función de las condiciones ecológicas.

3. Los sistemas de poda serán los siguientes:

3.1. El tradicional sistema en vaso y sus variantes, con una carga máxima de 12 yemas por cepa sobre un máximo de seis pulgares.

3.2. Se podrá efectuar la poda en espaldera o conducida que, en todo caso, se ajustará a las siguientes prescripciones:

a)En el sistema de doble cordón, la carga máxima será de 12 yemas distribuidas en un máximo de seis pulgares.
b)En el sistema de vara y pulgar, la carga se distribuirá en una vara y uno o dos pulgares de dos yemas, con un máximo de 10 yemas por cepa.

3.3. En todo caso, para la variedad Garnacha, la carga máxima será de 14 yemas por cepa.

4. En atención a la densidad del viñedo, en ningún caso de los anteriores sistemas de poda podrá superarse el límite máximo de 36.000 yemas por hectárea, salvo la excepción establecida para la variedad Garnacha, que será de 42.000 yemas por hectárea, como densidad máxima.

5. La Dirección General de Política Alimentaria podrá autorizar, a propuesta del Consejo Regulador, la aplicación de nuevas prácticas culturales, tratamientos o labores que, constituyendo un avance de la técnica vitícola, se compruebe que no afectan desfavorablemente a la calidad de la uva o del vino producido.

6. Las disposiciones precedentes se ajustarán a los límites de producción máximos establecidos en el artículo 8º de este Reglamento. Asimismo, el incumplimiento de cualquier medida adoptada en relación con las prácticas culturales a que se refiere este artículo conllevará la pérdida del derecho al amparo de la producción de la superficie afectada de la parcela en la vendimia inmediatamente posterior.


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