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Los Llamados «vinos-sin», No Son Vinos.



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José Luis Lejonagoitia

¿Ustedes lo entienden? Yo no mucho. ¿De qué nos viene esa manía del vino sin alcohol, cuando no existe? En todo caso lo llamarán vino “0,0%”, pero no lo es. Lo que no se comprende es que quienes elaboran vinos de verdad, buenos, malos o medio pensionistas, no digan nada y dejen que las cosas discurran en paz, al menos en apariencia.

 

La empresa Élivo, ubicada cerca de Santiago de Compostela, anunciaba la puesta en producción de “vino sin alcohol”, orientando la venta a países islámicos, precisamente en los que la sobriedad prescrita por el Profeta es rigurosa,  obligatoria para autóctonos y extranjeros, pero que gracias a esta bebida desalcoholizada podrán disfrutar como si de un vino auténtico se tratara, sin trasgredir las reglas coránicas.

 

A mayor abundamiento, revelan que los vinos para desalcoholizar serán de Rioja Alavesa, lo que da un empujón publicitario al asunto dejando ver el “pico de la muleta” de que si el vino de partida es Rioja, el producto final será bueno. Propósito un tanto alejado de la realidad, pues si los precios de venta del “refresco” oscilan entre el euro y medio del joven de mesa, a los 4,5  del crianza y los 9 del reserva, no parece que haya márgenes industriales ni de otro orden para sacarle “un euro” al negocio.

 

En realidad lo que sobra en la D.O. Rioja es vino desclasificado: en la pasada campaña veintidós millones de litros por exceso de producción y más de uno y medio por defectos de análisis o sensoriales. Así que haber vino, lo hay. Pero ¿de qué pelaje?

 

Por lo que respecta a Emina, cuyos vinos desalcoholizados llevan unos añitos en el mercado, han inaugurado en Valbuena de Duero, con asistencia del Presidente de Castilla y León y la Ministra de Ciencia e Innovación, la “primera planta del mundo de deconstrucción molecular para el diseño de vinos sin alcohol”. Suena bien ¿verdad? De última generación. O referente mundial, que decimos por aquí.

 

La empresa, del Grupo Matarromera,  orienta la producción a colectivos sociales ubicados en  la cultura de consumo responsable y comprometidos con la salud y la dieta, mujeres embarazadas, deportistas, profesionales y culturas que requieren sustitutivos del alcohol, entre otros, o sea más “vino-sin” para el Islam. Dependerá de cómo les vendan la moto, pues la bebida más corriente en los países islámicos es el té, que lo hacen bien, y luego los refrescos de cola y similares, que para eso los yanquis les compran el petróleo, y son amiguetes.

 

Pero es cuestión que han de resolver los propios elaboradores y convencer a los posibles usuarios de que se pasen al “no-vino-sin”, en cuyo empeño les deseo todo el éxito comercial y que poco a poco alcancen a colocarles los excedentes de vino, previa operación de sacarle el alcohol, lo que sin duda redundaría en beneficio de los negocios del vino en nuestro país, aunque ya se sabe que como no hay que justificar nada ante nadie, el “vino-con” puede ser de cualquier parte, incluso hasta de Argentina, por decir un sitio con abundancia de vinos baratos. O de Italia, y de paso nos quitamos de en medio ese pseudovino carbónico y dulzón  de cuyo nombre no quiero acordarme.

 

Las citadas empresas no son las únicas dedicadas a este lícito negocio de “sacar” el alcohol del vino. Hay más, bastantes más, pero con las referencias dadas el lector se hace una idea.

 

Como tampoco son las únicas que han investigado el producto. Se sabe que en 1905 los alemanes introdujeron una patente del sistema, y más tarde lo hacían en EE.UU.

 

La definición del vino.-  De toda esta cuestión lo que encuentro impropio es que se de carta de naturaleza a una bebida que “no existe", ninguna institución ampara, ningún organismo controla, y no figura en reglamento alguno. En el antiguo «Estatuto de la Vid, el Vino y los Alcoholes de 1970, (Ley 25-1970)»se definía el vino “Como  la bebida resultante de la fermentaciónalcohólica completa o parcial de la uva fresca o del mosto.Su graduación alcohólica natural no será inferior a nueve grados, salvo lo dispuesto en los artículos catorce y quince.”

 

“Articulo catorce.-Se denominan «vinos enverados» y «chacolís» los que proceden de uva que, por las condiciones climáticas propias de determinadas comarcas, no maduran normalmente. Su graduac1án alcohólica puede ser inferior a nueve grados. Por vía reglamentaria se determinarán las comarcas y los requisitos de elaboración.”

 

Felizmente las cautelas apuntadas para los vinos enverados y chacolís (referido entonces a gallegos y vascos principalmente) hace tiempo que desaparecieron y en la actualidad se elaboran con contenidos de alcohol que oscilan entre el 11 y el 13% en volumen.

 

Es significativo que estas definiciones no fueron alteradas a la entrada de España en la Comunidad Económica Europea –CEE-, hoy Unión Europea, y que la legislación comunitaria ha mantenido en diferentes cuestiones que estaban legisladas. El  Reglamento 1493/1999, de 17 de mayo estableció la nueva OCM vitivinícola, de aplicación directa en todos los Estados miembros a partir del día 1 de agosto del año 2000.

 

En España se promulgó la Ley 24/2003 de 10 de julio, de la Viña y del Vino, y en el Artículo 2.2.e explicita que: «VINO»es el alimento natural obtenido exclusivamente por fermentación alcohólica total o parcial, de uva fresca, estrujada o no, o de mosto de uva.

 

Después de lo cual, el artículo 2.3 remacha: «Las definiciones de los productos son excluyentes, no pudiendo utilizarse las respectivas denominaciones más que en los productos que se ajustan estrictamente a la definición.»

 

Visto lo cual procede a quien corresponda que se haga cumplir la legislación vigente que emana de la Unión Europea, del Estado de las Autonomías y de las propias Autonomías, a tenor de lo que señala el apartado II de la Exposición de Motivos de la Ley 24/2003:  «En principio, las competencias en materia de agricultura –y, por tanto, las relativas al cultivo de la vid y a sus productos- corresponden a las comunidades autónomas, si bien esa competencia no excluye toda intervención estatal sino que es una competencia compartida, como reiteradamente ha declarado el Tribunal Constitucional.»

 

No dejen que la cantinela del “vino-sin” sea otro fiasco en ciernes, como ya lo fueron los dos últimos: el de la marca “Vinos de España” que abría la puerta a todos los vinos –buenos, malos y regulares- en igualdad de condiciones en una especie de “totum revolutum”,  y la desaparición del mal llamado “vino ecológico” cuyo reglamento ha terminado en la papelera, con escasas posibilidades de que salga adelante. Ahora se avecina otra batalla importante, cual es la liberalización de plantaciones, que ya veremos hasta donde llega.

Nada que oponer al comercio honesto de un derivado del vino; pero no a base de que el mercado trague con un nombre que no puede, ni debe, utilizar. Puede ser otro motivo más de desafección hacia el vino auténtico, cuyo consumo por causas ajenas al propio producto está en franco retroceso. Ya está bien de que el vino y sus “derivados” empiecen a sonar más por lo que no son, que por lo que son, atribuyendo a los “extractos”, “pomadas”, “ungüentos” y otras historias propiedades terapéuticas, curativas, embellecedoras etc.., que no poseen. No en vano la U.E. se propone legislar y prohibir, antes de que termine el año, la atribución de propiedades curativas, adelgazantes, antioxidantes, etc., a los alimentos de uso cotidiano, ya que en 8 de cada 10 casos tal asignación es una falsedad

 

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